Nuestra opinión es que sí puede ser causal de despido. Depende de las políticas internas de la compañía, de su reglamento interno y de la claridad con que haya comunicado al trabajador sobre las reglas de comportamiento que serán invocadas para proceder con el despido. Hay algunas empresas que no prohíben a sus trabajadores mantener relaciones amorosas entre ellos, otras que sí. El Código de Trabajo de la República de Panamá no dispone de normas específicas que limiten una situación como tal, pero, contempla disposiciones de carácter general que permiten una regulación interna al respecto.

En este sentido, el numeral 10 del Artículo 213 del Código de Trabajo señala que puede ser causa justificada para dar por terminada la relación de trabajo “Desobedecer el trabajador, sin causa justificada, y perjuicio del empleador, las órdenes impartidas por éste o sus representantes en la dirección de los trabajos, siempre que fuesen indicadas con claridad, y se refieran de modo indirecto a la ejecución del trabajo contratado”.

Más adelante, el Artículo 185 del mismo Código indica que “El Reglamento Interno de Trabajo comprenderá el cuerpo de normas de orden técnico y administrativo necesarias para la buena marcha de la empresa, así como las relativas a la higiene, primeros auxilios y seguridad en las labores, y en especial las siguientes: (…) 4. Las disposiciones disciplinarias y la forma de aplicarlas. Toda sanción disciplinaria debe corresponder a una falta previamente tipificada y ser proporcional a la gravedad de esta. Se prohíben las sanciones que involucren la suspensión del trabajador por lapso mayor de tres días y las de naturaleza pecuniaria. Podrá realizar el empleador descuentos de los salarios de sus trabajadores, con motivo de tardanzas o ausencias injustificadas, pero limitados al tiempo efectivo a que correspondan las tardanzas y ausencias; (…) 8. Las demás reglas o indicaciones que, según la naturaleza de cada empresa, sean necesarias para mantener la mayor higiene, regularidad y seguridad en el trabajo”.

En este punto, cabe agregar que toda empresa donde laboren 10 o más trabajadores tiene la obligación de adoptar un Reglamento Interno de Trabajo.

Hace poco se publicó que el CEO de Intel, Brian Krzanich, fue despedido de la compañía por escándalo amoroso con  una subalterna. Por ende, ni siquiera los altos directivos escapan de este tipo de decisiones. De hecho, las empresas se amparan en dichos detalles cuando desean hacer cambios corporativos importantes o cuando existen disputas internas entre altos mandos de la corporación. Mucho menos se salvan los subalternos.

Las políticas o reglamentos internos de trabajo contienen una serie de reglas que deben ser cuidadosamente atendidas por el personal y el empleador debe comunicarlas con transparencia. Habrán ocasiones en las que estas reglas no se reclamen, pero, cuando llegase el momento de necesitarlas para terminar una relación laboral, sin duda serán aludidas.

Aclaración:Los datos aquí aportados tienen efectos meramente informativos. Los casos particulares se deben analizar conforme a sus características propias y a las normas específicas que le son aplicables. Es bueno que conozcas tus derechos y deberes, pero, también es recomendable recibas una asesoría legal adecuada para defenderlos y hacerlos cumplir.

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